17 mayo, 2024
Este pasado jueves, el Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado una resolución de la Consellería de Medio Rural que aprueba una modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Ribeira Sacra. Estos cambios fueron solicitados por el Consello Regulador y tramitados por la Axencia Galega da Calidade Alimentaria.
Los argumentos ofrecidos por el consejo regulador afectan a los valores límite de algunos parámetros analíticos en determinadas categorías de vinos, especialmente en lo que respecta a la acidez total mínima, la acidez volátil máxima y el contenido máximo de sulfuroso.
Con estos nuevos pliegos, informa Medio Rural en un comunicado, procuran “adaptar los parámetros analíticos de los vinos a la situación actual, ya que estos valores habían permanecido prácticamente inalterados desde la creación de esta denominación”.
En este sentido, subraya, que existe “una clara tendencia, vinculada al cambio climático, a la obtención de vinos con graduaciones alcohólicas más elevadas, lo que ha influido en la modificación de otros parámetros analíticos, en particular, la acidez total y la acidez volátil”.
Además, en la actualidad se están haciendo vinos que pasan cada vez más tiempo en depósito, incluso de una añada para otra, frente a lo que era habitual hasta ahora, dado “que pasaban poco tiempo en depósito”.
Esa circunstancia, explica la Consellería, también “influye en el aumento de la acidez volátil y en la bajada de la acidez total, así como en el aumento de los valores en dióxido de azufre para evitar una excesiva acidez volátil”.
Los cambios introducidos incluyen una reducción en la acidez total mínima de los vinos, que disminuye de 4,5 a 4 gramos de ácido tartárico por litro. Además, se ha aumentado el límite máximo de acidez volátil en los vinos tintos (hasta 0,80 gramos de ácido acético por litro) y en los vinos blancos y tintos etiquetados como ‘Barrica’ o ‘Garda’ (con un máximo de 1,20 g/l para los tintos y 1,08 g/l para los blancos).
En relación al dióxido de azufre máximo permitido, el límite se establece en 150 miligramos por litro para los vinos tintos y en 200 miligramos por litro para los blancos y rosados.