17 julio, 2024
Según rezaban de antiguo los manuales de andar por casa para aprendiz de letrado, para ganar un juicio era imprescindible la concurrencia de tres factores: Tener razón, saber exponerla y que el tribunal juzgador te la diera.
Pero desde hace unos meses a esta parte hay que añadir dos factores más o, por mejor decir, olvidarse de aquéllos y ceñirse a los dos únicos de la nueva disciplina jurídica: 1º.- Que el asunto, por más condenatorio que sea, llegue al Tribunal Constitucional y 2º.-, también imprescindible, estar en posesión del carnet de afiliado al Partido Socialista. Militancia que, es de cajón, adquiere tanta más importancia cuanto mayor sea el peso en el organigrama interno del socialismo.
Porque son justamente estas dos únicas premisas las que, juntas y sin ninguna otra consideración jurisprudencial, llevaron al Tribunal Constitucional a condonar la pena de los ERE a dos destacadas figuras del PSOE patrio, tanto que fueron presidentes de la formación política –Manuel Chaves de 2000 a 2012 y José Antonio Griñan de 2012 a 20 14-, responsables ambos en última instancia, tanto desde la obligatoriedad in vigilando como del hecho probado de que eran conscientes de la ilegalidad de sus actuaciones, de un desfalco cercano a los 700 millones de euros, cuyo rescate se antoja ahora a todas luces imposible.
El fallo exonerando a los dos presidentes del PSOE tuvo, en días anteriores, precedentes similares, articulando una maraña interpretativa de hondo calado leguleyo, a modo del álgebra verbal que tanto odiaba Borges, pero que, visto en sus resultados, atenta contra todo sentido de justicia que el ciudadano medio pueda interpretar. Un ejemplo, los tribunales que condenaron a los dos políticos “realizaron una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación”.
En todo caso, amigo como es el presidente del Constitucional de manchar su toga del barro del camino, en esta ocasión cruzó el lodazal de la incoherencia, ya que no se inhibió en un tema en el que había participado, siendo incoherente con su propio proceder –sin duda por otro de esos cambios de opinión de quien le susurra al oído- al haberse inhibido en ocasión precedente. Va a resultar inservible la toga de tanto barro acumulado.
No es la primera vez en estos últimos meses en que, como señalamos, el Constitucional, que ni siquiera es tribunal y al que solo le incumbe decidir si una sentencia se ajusta o no a la Constitución –independientemente de la interpretación jurídica que del hecho haga el sentenciador- se dedica a entrar en el pormenor de sentencias del Supremo, en una suerte de supeior juzgado de apelación, en actitud que, esta sí, cabe interpretar inconstitucional. Pero hace ya tiempo que en relación con la Carta Magna los pájaros se tiran a las escopetas.
Acaso porque, volviendo a Borges, entienden que “el pasado es arcilla que el presente labra a su antojo”.
Eso sí, escuchar al indultado Manuel Chaves presumir de que “no había trama política, ni confabulación, ni había nada” acentuado sus críticas contra el PP añade un incuestionable punto de indecencia a la desvergüenza de la resolución del Constitucional. Esa que, al margen de las resoluciones judiciales, le acompañarán por el resto de sus vidas.