9 mayo, 2024
Como iniciativa parte del Plan de impulso del libro gallego, y dirigida a favorecer la edición de obras gallegas en otras lenguas e impulsar su proyección cultural, la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud ha otorgado recientemente ayudas a 20 editoriales para la traducción de 83 obras, según lo publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
En total se destinarán 200.000 euros a esta convocatoria con el objetivo de respaldar a las empresas editoriales gallegas para que puedan proyectar internacionalmente su producción, al mismo tiempo que se facilita el acceso de los gallegos a títulos significativos producidos en otros idiomas. Son de concurrencia competitiva y cubren los costos de traducción de obras literarias en formato papel o digital, con un máximo de 6.000 euros por obra.
La mayoría de las obras fueron presentadas para su traducción al gallego, excepto cinco al inglés, siete al castellano y dos al portugués. Los libros seleccionados para estas ayudas están escritos originalmente en 10 idiomas diferentes: inglés, castellano, gallego, catalán, francés, alemán, neerlandés, sueco, portugués y esloveno.
Por su parte, los beneficiarios de estas ayudas son personas físicas o jurídicas que demuestren ser editoras y se establecen requisitos, como que solo se puede subvencionar la traducción de un mismo título y que cada empresa puede solicitar la traducción de un máximo de 15 obras. Además, se incluyen en el objeto de la subvención las obras para una primera traducción o aquellas de las que haya pasado más de 20 años desde la última traducción.
Entre los criterios de valoración para la concesión de las ayudas se incluyeron el interés cultural de la obra, considerando si el autor original es gallego o no, la experiencia profesional del traductor, la extensión de la traducción y sus características (si se trata de traducción al gallego, viceversa y si son obras de un autor clásico o contemporáneo), entre otros. Se excluyeron seis obras de esta convocatoria por no alcanzar la puntuación mínima, no estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o por retirarse de la solicitud.